Modelo de contrato de Arrendamiento de Finca por Temporada

En ............................., el ..... de ................. de 200... Por una parte: River Plate Realty Uruguay SRL (360 Terra International Realty), Empresa de Servicios Turísticos Inmobiliarios debidamente inscripta en el Ministerio de Turismo del Uruguay con el No 1095 quien actúa en su carácter de comisionista del propietario, (en adelante el arrendador), y Por otra parte: ........................................................ de nacionalidad ....................., titular del documento de identidad o Pasaporte de .................. número .................. con domicilio real en ................................... de la ciudad de ........................... de .................................. (en adelante el arrendatario), convienen en celebrar el presente contrato de arrendamiento de casa-habitación y muebles y útiles por temporada, el que una vez ratificado por el propietario quedará firme naciendo a la vida jurídica, de acuerdo a las siguientes condiciones: //

PRIMERO: OBJETO: La parte arrendadora da en arrendamiento al arrendatario la finca sita en (Nombre y dirección) ................................................................... así como los muebles y útiles existentes que figuran en el inventario que se suscribirá por las partes en la oportunidad referida en la cláusula séptima, el que se tendrá como formando parte del presente contrato. //

SEGUNDO: DESTINO: El destino del bien será exclusivamente casa-habitación del arrendatario y su familia y personas dependientes a su cargo. //

TERCERO: PLAZO: El plazo del contrato será desde el ..................... hasta el ........................., fecha en que el arrendatario deberá entregar la finca desocupada antes de las 13 hs. p.m. //

CUARTO: PRECIO: El precio total del arriendo se fija en la suma de U$S ................... (......................................... dólares norteamericanos) pagaderos de la siguiente forma: //

a) Seña: U$S .......................... (......................................................... dólares norteamericanos) que se entregan en este acto a River Plate Realty Uruguay SRL (360 Terra); suma por la que se otorga carta de pago. //

b) Saldo: U$S .......................... (......................................................... dólares norteamericanos) en la fecha pactada para la ocupación del inmueble y previo de hacerla efectiva. //

Los pagos totales o parciales recibidos por River Plate Realty Uruguay SRL (360 Terra) se reputan y dan como por recibidos por el propietario. //

La falta de pago de cualquiera de los importes pactados en las fechas establecidas así como de la garantía de la cláusula quinta, dará derecho a la Empresa de Arrendamiento Turístico a excusarse de hacer entrega de la finca en la fecha acordada y la autoriza a disponer inmediatamente del bien como así mismo arrendarlo a terceros, por entenderse automáticamente rescindido el contrato y renunciando el arrendatario a cualquier acción. Las sumas entregadas hasta ese momento por el arrendatario quedarán a beneficio del propietario en concepto de pena por el incumplimiento. //

QUINTO: ADELANTO EN GARANTÍA: El arrendatario se compromete a entregar como depósito en garantía de conformidad con el decreto 385/94 en la Empresa de Arrendamiento Turístico, previamente a la ocupación de la finca, la suma de ..................... (..........................................................................................) que la Empresa de Arrendamiento Turístico usará para atender los pagos de luz, agua, teléfono, supergas, y limpieza así como los daños y desperfectos que constatare la arrendadora al recibir el bien. Dicho depósito será el equivalente al 20% del monto del arriendo. El incumplimiento de este requisito imposibilitará a la Empresa de Arrendamiento Turístico a hacer entrega del bien arrendado. //

SEXTO: ASTREINTE: En caso de que el arrendatario no desocupe la vivienda al vencimiento del plazo del contrato, abonará una astreinte diaria de U$S .................................... (.................................. dólares norteamericanos) hasta la efectiva desocupación, más los daños y perjuicios que ocasione al propietario. El monto por astreinte diaria equivale a 10 veces el resultado de dividir el precio del alquiler por los días de duración del mismo.//

SÉPTIMO: El arrendatario declara haber examinado el bien inmueble y estar conforme en recibirlo de esta forma en el estado en que hoy se encuentra, comprometiéndose a mantenerlo y devolverlo en igual forma en que lo ha recibido debiendo dejar los muebles y útiles en la misma situación que cuando recibió la finca. A esos efectos suscribirá dos ejemplares del inventario que practicará el representante de la Empresa de Arrendamiento Turístico en el momento de ocupación de la finca y que pasará automáticamente a formar parte de este contrato. //

OCTAVO: OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO: El arrendatario se obliga a: a) devolver el inmueble y los muebles en buenas condiciones de conservación y aseo, y en caso de desperfectos o roturas de su responsabilidad a indemnizar el daño a valores de reposición; b) no realizar en el bien obras, mejoras o reformas de especie alguna; c) no subarrendar, transferir o ceder el presente contrato; d) no variar el destino pactado; e) el pago de todos los consumos tales como luz, agua, teléfono, etc., devengados durante la ocupación de la finca autorizando desde ya a River Plate Realty Uruguay SRL (360 Terra) a realizarlos por su cuenta con la suma referida en la cláusula quinta; f) permitir a la Inmobiliaria visitar la finca en horas hábiles, con posibles interesados; g) comunicar a la Inmobiliaria cualquier desperfecto que se originare en las instalaciones y servicios de la finca a efectos de su rápida reparación, solicitando a la misma el envío de su técnico y permitiendo a éste el acceso a la finca en cualquier momento, no pudiendo ordenar por su cuenta la reparación a personas ajenas a la Inmobiliaria. En caso contrario, serán de su responsabilidad exclusiva, los daños y perjuicios que este incumplimiento pueda originar; h) será de su responsabilidad el cuidado de los muebles de jardín, almohadones y útiles inventariados, y si por su omisión o negligencia se deterioraran o fueran robados, será de su cargó el costo de reparación o reposición. Serán de cargo del propietario los gastos inherentes al cuidado del jardín, pero serán de cargo del arrendatario el consumo de agua corriente originado por su riego, como así mismo, el costo de energía eléctrica de bomba de riego si existiera. El arrendatario está obligado a permitir al jardinero de la finca la realización de los trabajo de mantenimiento y riego del jardín. i) El arrendatario ocupará el bien arrendado en la fecha pactada. Si por causa de fuerza mayor no pudiera hacerlo, lo comunicará a la Inmobiliaria con la debida antelación y abonará en las fechas acordadas las obligaciones contraídas, comunicando a su vez la nueva fecha de llegada o liberando a la arrendadora de las obligaciones contraídas por este instrumento disponiendo del bien. //

NOVENO: FACULTADES DE LA EMPRESA DE ARRENDAMIENTOS TURÍSTICOS: La Empresa de Arrendamiento Turístico A) de conformidad a los arts. 15 y 16 de la ley 18.083 será el agente de retención y liquidador del Impuesto a la Renta del propietario del bien, debiendo retener el 10,5% del precio del arriendo, y B) podrá retener del precio a entregar al propietario de la finca el importe del 10% del mismo en calidad de depósito en garantía de sus obligaciones, referidas al mantenimiento de la finca en buenas condiciones de conservación, funcionamiento e higiene, pudiendo hacer uso de dicho depósito en caso de ser necesario. La Empresa de Arrendamiento Turístico atenderá con los fondos depositados en garantía por el propietario, el correcto funcionamiento del bien arrendado, sus instalaciones y accesorios. (Art. 14 del Decreto 385/94). //

DECIMO: La Empresa de Arrendamiento Turístico rendirá cuentas de los depósitos efectuados en garantía dentro de los 30 días de producida la desocupación de la finca. La referida relación podrá ser parcial, si no se dispone de todos los consumos y comprobantes de gastos, debiendo ser completada posteriormente. //

UNDECIMO: El arrendatario se obliga a recibir la finca entre las 9hs y las 21hs cualquier día de la semana, sin perjuicio de la cláusula tercera inciso final. Si por cualquier circunstancia el inquilino no compareciere a la hora prevista, la oficina no estará obligada a la entrega o recepción del bien hasta el día hábil siguiente y dentro de los horarios respectivos referidos. //

DECIMO SEGUNDO: Si la finca objeto del contrato no fuere entregada en la fecha pactada, por caso fortuito o fuerza mayor o resistencia del ocupante anterior, se exime a la arrendadora y a la Inmobiliaria de toda responsabilidad, debiendo rembolsar el propietario las sumas percibidas. Si llegado el momento de ocupar la finca, el propietario se negare a entregarla, la Empresa de Arrendamiento Turístico queda eximida de toda responsabilidad, siendo el propietario responsable de la pena, los daños y perjuicios que su actitud ocasionare al arrendatario así como del pago a la Inmobiliaria de la comisión e impuestos correspondientes a dicha parte. //

DECIMO TERCERO: En el momento de la firma de este contrato, el arrendatario abonará el ___% sobre el precio de este contrato por concepto de comisión por la intervención de la Empresa de Arrendamiento Turístico, más IVA, otorgándose recibo por separado. Será de cargo del propietario la comisión de la Empresa de Arrendamiento Turístico, ___% sobre el precio pactado más IVA sin perjuicio de la situación prevista en el inciso final de la cláusula anterior. //

DECIMO CUARTO: Como River Plate Realty Uruguay SRL (360Terra) es comisionista y no poderdataria, no podrá representar al propietario en las gestiones judiciales y extrajudiciales que se relacionen con este contrato o sus efectos. //

DECIMO QUINTO: El arrendatario caerá en mora de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial o pretexto, por la sola realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer contrario a lo estipulado, bastando para configurarla el telegrama colacionado que a tal efecto cursará la arrendadora. //

DECIMO SEXTO: Las costas, costos y gastos que originen el incumplimiento de este contrato serán de cargo de la parte que no cumpliere lo pactado. //

DECIMO SEPTIMO: El arrendatario sus familiares directos o Empresas y Sociedades a su cargo y el propietario se obligan expresamente a reconocer a River Plate Realty Uruguay SRL (360 Terra) como Empresa de Arrendamiento Turístico interviniente en este contrato en caso de arrendar entre ellos esta propiedad por las próximas dos temporadas, así como si la finca fuese vendida al inquilino dentro de los doce meses a partir del vencimiento del presente. Las partes reconocen y acuerdan en dichos casos el pago a River Plate Realty Uruguay SRL (360 Terra) de la comisión e impuestos correspondientes. //

DECIMO OCTAVO: Tratándose del arrendamiento de un apartamento en Edificio regido por la Ley de Propiedad Horizontal, el inquilino acepta ajustarse en un todo a lo establecido en el Reglamento de Copropiedad y en el Reglamento Interno vigente. //

DECIMO NOVENO: La propiedad objeto de este contrato podrá ser ocupada por un máximo de ........ personas durante el período arrendado. //

VIGESIMO: La parte arrendadora fija su domicilio en el determinado en la comparecencia y la parte arrendataria en la finca objeto de este contrato, a todos los efectos judiciales o extrajudiciales a que diera lugar el mismo. //

VIGÉSIMO PRIMERO: En un todo de acuerdo, se firman tres ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados. //

ACEPTACIÓN del Propietario: El día ....... de ....................... de 200..., el/los suscritos Sr./Sra. ............................................. de nacionalidad ................... titulares del documento Nro. .................., constituyendo domicilio legal a todos los efectos de este contrato en esta ciudad ..............................................(dirección de la propiedad de alquiler), y en su calidad de propietario del bien antes mencionado ( o apoderado o representante de .......................... Sociedad Anonima o S.R.L propietaria del inmueble) aceptamos y ratificamos en un todo el contrato de arrendamiento precedente de fecha ......................................................, prestando plena conformidad a todas sus cláusulas. //